Miércoles, Septiembre 30, 2020 - 11:55
TGS Sarrio & Asociados

Resolución No.140-2020-SUNARP/SN


Mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No.140-2020-SUNARP/SN, publicada el 30 de setiembre de 2020 en el Diario Oficial "El Peruano", se dispone que a partir del 01 de octubre de 2020, los siguientes actos puedan tramitarse a través del Sistema de Intermediación Digital (SID) de la SUNARP: 
 
a. Registro personal 

  • Acabamiento, cese, extinción, remoción, renuncia de la curatela. 
  • Remoción, renuncia, cese del cargo de tutor 
  • Remoción, renuncia, cese de apoyo 
  • Reconciliación 
  • Aclaración 
  • Modificación 
  • Rectificación 
  • Anotación por presunta por suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado 
  • Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales 

 
b. Registro de Comerciantes 

  • Comerciantes 
  • Liquidación o fenecimiento del negocio 
  • Poder de comerciante 
  • Rectificación 
  • Revocatoria, extinción de poder de comerciante 
  • Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales 

 
c. Registro de Testamentos 

  • Renuncia al cargo de albacea 
  • Caducidad de testamento 
  • Revocatoria de la desheredación 
  • Aclaración. 
  • Rectificación 
  • Anotación por presunta suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado 
  • Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales 

 
d. Registro de sucesiones intestadas 

  • Anotación por presunta suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado 
  • Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales 
     
Tax & Legal Senior Manager