Viernes, Abril 3, 2020 - 17:09
TGS Sarrio & Asociados

Resolución de Superintendencia No. 066-2020/SUNAT

Mediante la Resolución de Superintendencia No. 066-2020/SUNAT, publicada el 31 de marzo de 2020 en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, la SUNAT ha reducido las tasas de interés aplicables a los tributos administrados o recaudados por ella.
 
Este cambio estaría alineado a la reducido de la tasa de referencial dispuesta por el BCRP debido a que la actividad económica está siendo afectada temporalmente por los efectos del COVID 19.
 
En tal sentido, a partir del 01 de abril del 2020 las tasas de interés aplicables a los tributos administrados o recaudados por la SUNAT serán las siguientes:

Interés

Tasa vigente desde el 01.04.2020

Tasa anterior al 01.04.2020

Tasa de Interés Moratorio (TIM) en moneda nacional

 

1%

1.2%

Tasa de Interés Moratorio (TIM) en moneda extranjera

0.50%

0.60%

Tasa de interés por devoluciones de pagos indebidos o en exceso distintos a aquellos que resulten como consecuencia de cualquier documento emitió por la SUNAT a través del cual se exija el pago de una deuda tributaria (inciso b) del artículo 38 del Código Tributario)

0.42%

0.50%

Tasa de Interés Moratorio (TIM) para devoluciones de pagos indebidos o en exceso en moneda extranjera (el inciso b) de la Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 953)

0.25%

0.30%

 

Cabe precisar que la tasa de interés por devolución de retenciones y percepciones del IGV se mantiene en 1.2%.

Tax & Legal Senior Manager