Martes, Junio 2, 2020 - 14:00
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La declaración correspondiente al ejercicio 2019 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma: 

  • Contribuyentes con ingresos > a 5000 UIT en el ejercicio 2019, deberán declarar de acuerdo al vencimiento original de las obligaciones tributarias del mes de mayo 2020.
  • Contribuyentes designados como principales contribuyentes con ingresos < = a 5000 UIT en el ejercicio 2019, el vencimiento para presentar la referida declaración ha sido postergado de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 075-2020/SUNAT modificado por el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia 099-2020/SUNAT como sigue:
Mayo 2020
Último Dígito del RUC 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)
Fecha 14 de julio de 2020 15 de julio de 2020  16 de julio de 2020  17 de julio de 2020  20 de julio de 2020  21 de julio de 2020  22 de julio de 2020 

 

  • Demás contribuyentes con ingresos < = a 5000 UIT en el ejercicio 2019, el vencimiento para presentar la referida declaración ha sido postergado de acuerdo con el numeral 3.2 de la Resolución de Superintendencia N° 099-2020/SUNAT como sigue:
Mayo 2020
Último Dígito del RUC 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)
Fecha 14 de agosto de 2020 17 de agosto de 2020 18 de agosto de 2020 19 de agosto de 2020 20 de agosto de 2020  21 de agosto de 2020  24 de agosto de 2020 

 

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