Jueves, Noviembre 5, 2020 - 13:51
TGS Sarrio & Asociados

Decreto Supremo No. 342-2020-EF


Mediante Decreto Supremo No. 342-2020-EF, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el día 05 de noviembre de 2020, se dispuso modificar el literal A del Apéndice I del TÚO de la Ley de IGV, aprobado por D.S.055-99-EF. 
 
En ese sentido, los siguientes productos son incluidos en el acotado literal A como ventas en el país o casos de importación que se encuentran exoneradas del impuesto: 

5nov1

Por el contrario, las siguientes partidas fueron excluidas de tal consideración: 

5nov2

La presente norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. 
 
 

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