Viernes, Marzo 13, 2020 - 13:16
TGS Sarrio & Asociados

La Resolución de Superintendencia No 054-2020/SUNAT, modifica el cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019 para aquellas empresas cuyos ingresos netos de tercera categoría sean hasta 2,300 UIT

Con fecha 13 de marzo de 2020 se publicó la Resolución de Superintendencia No 054-2020/SUNAT, por la cual se establece que, tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2,300 UIT (S/ 9,660,000.00 soles), o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, deben presentar la Declaración y, de corresponder, efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma:

ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROS

FECHA DE VENCIMIENTO

0

24 de junio de 2020

1

25 de junio de 2020

2

26 de junio de 2020

3

30 de junio de 2020

4

1 de julio de 2020

5

2 de julio de 2020

6

3 de julio de 2020

7

6 de julio de 2020

8

7 de julio de 2020

9

8 de julio de 2020

Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC

9 de julio de 2020

 

Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, la resolución en mención señala que se considera la UIT correspondiente al ejercicio 2019.

 

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