Dennise Flores

Tax & Legal

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Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No 008-2020/SUNAT/700000

Aplican la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones tributarias en que se incurra durante el Estado de Emergencia Nacional declarado como consecuencia del COVID– 19.

Con fecha 16 de marzo de 2020 se publicó la Resolución de Superintendencia No 055-2020/SUNAT, por la cual se establece que, tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2,300 UIT (S/ 9,660,000.00 Soles), o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe:

La Resolución de Superintendencia No 054-2020/SUNAT, modifica el cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019 para aquellas empresas cuyos ingresos netos de tercera categoría sean hasta 2,300 UIT

Las principales normas legales en materia tributaria, emitidas en el mes de diciembre, y otras adicionales que si bien han sido promulgadas en el presente año, su vigencia ha sido postergada hasta el 2020.