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CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS DEL REPORTE LOCAL, EJERCICIO 2019

 Precios de Transferencia La declaración correspondiente al ejercicio 2019 se presentará de acuerdo con el siguiente cronograma:  Contribuyentes con ingresos > a 5000 UIT en el ejercicio 2019, deberán declarar de acuerdo al vencimiento original de las obligaciones tributarias del mes de mayo 2020. Contribuyentes designados como principales contribuyentes con ingresos < = a 5000

MODIFICAN EL REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ

Resolución Ministerial N° 165-2020-EF/15 Mediante Resolución Ministerial N° 165-2020-EF/15, publicada en la edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano el 1 de junio de 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modifica el Reglamento Operativo del Programa Reactiva Perú. Así, se modifican los criterios de elegibilidad de las empresas y se establece que no

SE EMPLEARÁN PARTES NOTARIALES CON FIRMA DIGITAL PARA LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE DIVERSOS CONTRATOS

Resolución del Superintendente No. 064-2020-SUNARP/SN Mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No. 064-2020-SUNARP/SN, publicada el 03 de junio de 2020 en el Diario Oficial “El Peruano”, se ha dispuesto que los partes notariales conteniendo actos de mandatos y poderes, constitución de sociedades y EIRL y transferencias vehiculares se expedirán con firma digital

LA AMPLIACIÓN DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA Y SUS EFECTOS EN EL ÁMBITO LABORAL

Decreto Supremo No. 020-2020-SA Mediante el Decreto Supremo No. 020-2020-SA, publicado el 4 de junio de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, el Gobierno ha decidido prorrogar por un plazo de 90 días calendario a partir del 10 de junio de 2020 el Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Decreto Supremo No. 008-2020-SA. 

INTANGIBILIDAD DEL RETIRO EXTRAORDINARIO DE FONDOS DE LA AFP

Dado que la Ley No. 31017 por la cual se dispuso el retiro extraordinario facultativo de fondos del Sistema Privado de Pensiones de hasta el 25% del total de fondos acumulados (con un monto máximo de 3 UIT) no dispuso de forma expresa la intangibilidad de dicho retiro, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP