ESTABLECEN LICENCIA LABORAL POR FALLECIMIENTO DE FAMILIARES
Mediante Ley No. 31602 publicada el 5 de noviembre en el Diario Oficial El Peruano se ha establecido que los trabajadores cuyo cónyuge, padres, hijos y hermanos fallezcan gozarán de una licencia por fallecimiento de familiares por un plazo de cinco días calendario. Cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde