Decreto Supremo N°044-2020-PCM
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N°008-2020-SUNAT/ (publicado el 18 de marzo de 2020), se estableció que en el marco del Decreto Supremo N°044-2020-PCM que declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias que se incurran durante el período del Estado de Emergencia. Siendo que mediante Decreto Supremo N°051-2020-PCM, se prorroga el estado de emergencia por el término de 13 días calendario, la facultad discrecional de no sancionar se extiende hasta el 12 de abril de 2020.