Decreto Legislativo 1463
Prorroga y ampliación del ámbito de aplicación del régimen especial de recuperación anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital regulado en la Ley 30296
Mediante el Decreto Legislativo 1463 se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023 el régimen especial de recuperación anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital a que se refiere la Ley 30296- Ley que promueve la reactivación de la economía.
Cabe recordar que, conforme lo establecía anteriormente la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1259, el régimen hubiera estado vigente hasta el 31 de diciembre de 2020. Como podemos apreciar, la emergencia sanitaria por el brote de COVID-19 ha obligado a que el régimen sea prorrogado
Adicionalmente, se dispone que podrán acogerse excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2021 al régimen los contribuyentes del IGV cuyos ingresos netos anuales sean mayores a 300 UIT y hasta 2300 UIT y se encuentren acogidos al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta o al Régimen General del Impuesto a la Renta.
El régimen es de aplicación a las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos efectuadas desde el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.