Resolución del Superintendente No. 064-2020-SUNARP/SN
Mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No. 064-2020-SUNARP/SN, publicada el 03 de junio de 2020 en el Diario Oficial “El Peruano”, se ha dispuesto que los partes notariales conteniendo actos de mandatos y poderes, constitución de sociedades y EIRL y transferencias vehiculares se expedirán con firma digital y se transmitirán exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP).
Los partes notariales únicamente comprenden los traslados de los instrumentos públicos extendidos por los notarios en el territorio nacional. Por ello, se excluyen los títulos que fueran realizados ante cónsul peruano que ejerce función notarial fuera del país; los instrumentos que hayan sido emitidos por autoridad extranjera o; los que provengan del Archivo General de la Nación o Archivos Departamentales.
Para implementar lo dispuesto por esta norma se implementará una Mesa de Ayuda Notarial para brindar soporte técnico a los despachos notariales que acceden al SID-SUNARP.
La aplicación de la disposición tendrá vigencia a partir de las siguientes fechas:
- Para el Registro de Mandatos y Poderes, a partir del 08 de junio de 2020.
- Para la constitución de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada a inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas, a partir del 10 de junio de 2020.
- Para los actos que conlleven a la transferencia de vehículos (compraventa, donación, anticipo de legítima o permuta) a inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular, a partir del 15 de junio de 2020.