LA NO APLICACIÓN DE SANCIONES TRIBUTARIAS SEGUIRÁ EN LOS DEPARTAMENTOS QUE MANTIENE LA CUARENTENA FOCALIZADA

TGS Webmaster - viernes julio 3, 2020

Resolución No. 011-2020-SUNAT/700000


Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 011-2020-SUNAT/700000, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 01 de julio de 2020, se dispone modificar el alcance de la aplicación de la facultad discrecional con la que cuenta la SUNAT para aplicar sanciones.
 
La modificación consiste en que a partir del 01 de julio hasta que concluya la cuarentena focalizada la facultad discrecional de la SUNAT para no sancionar las infracciones tributarias se mantendrá sólo respecto de las infracciones cometidas por deudores cuyo domicilio fiscal al 26 de junio de 2020 se encuentre ubicado en los departamentos en los que se aplica la cuarentena de forma focalizada (D.S. No. 116-2020-PCM).
 
En ningún caso procederá la devolución ni compensación de pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad.

Artículos Relacionados

LEY QUE MODIFICA ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL RESPECTO DE CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE DERIVADA DE LA COMISIÓN DEL DELITO DURANTE CALAMIDAD PÚBLICA O EMERGENCIA SANITARIA

Ley 31178 – Ley Mediante Ley 31178 – Ley que modifica artículo del Código Penal respecto de circunstancia agravante derivada de la comisión del delito durante calamidad pública o emergencia sanitaria y dista otras disposiciones sobre la pena de inhabilitación en el Código Penal y leyes especiales, publicado el 28 de abril de 2021. Incorporando

APRUEBAN NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO EDICIÓN 2020, Y DEROGAN LAS NORMAS CONTABLES QUE SE OFICIALIZARON CON LA R.D. Nº 010-2018/EF-51.01

Resolución Directoral No. 010-2021-EF/51.01 En diciembre de 2020, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público de la Federación Internacional de Contadores emitió la versión en español del Manual de Pronunciamientos Internacionales de Contabilidad del Sector Público, Edición 2020 (volúmenes I, II y III), el cual a la fecha se encontraba pendiente de

MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PUESTA A DISPOSICIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO AL ADQUIRIENTE DE UN BIEN O SERVICIO Y A LA SUNAT DURANTE LA PANDEMIA

Decreto de Urgencia No. 050-2021 Mediante Decreto de Urgencia No. 050-2021, publicado el 27 de mayo de 2021, se dispuso que el plazo máximo de atraso para poner a disposición de la factura electrónica o recibo por honorarios es de cuatro (04) días calendario desde su emisión a favor del adquiriente del bien o servicio

TGS EXPERIENCE WEEK

Hoy iniciamos nuestro TGS Experience Week, una semana dedicada a uno de nuestros principales valores: CALIDAD. Como consultores de servicios de audit, tax, legal, advisory y outsourcing, nuestra prioridad número 1 es y siempre será realizar un servicio efectivo de alta calidad. Estamos orgullosos de nuestra profesional, lo que nos hace querer producir una consultoría de