PLAN COVID-19: CAMBIOS DE LOS LINEAMIENTOS PARA SU ELABORACIÓN

TGS Webmaster - viernes julio 3, 2020

Resolución Ministerial No. 448-2020-MINSA


Mediante la Resolución Ministerial No. 448-2020-MINSA, publicada en la Edición Extraordinaria del 30 de junio de 2020 del Diario Oficial “El Peruano”, se dispuso aprobar un nuevo documento técnico para prevenir la propagación del COVID-19 y, como consecuencia de esto, también se dispuso derogar la Resolución Ministerial No. 239-2020-MINSA.
 
La norma también ha modificado la Resolución Ministerial No. 377-2020-MINSA en el sentido de que Plan se actualizará siempre que la empresa haya añadido una nueva actividad aprobada en una nueva fase, se haya producido una modificación en los procedimientos obligatorios de prevención del COVID-19 o en los procedimientos obligatorios para el regreso y reincorporación al trabajo. Antes de esta modificación no se sabía bajo qué criterios las empresas tenían que actualizar su Plan.
 
Añade la norma que de verificarse la existencia de campos obligatorios no llenados, información falsa o no autentica vinculada con la seguridad y salud de trabajadores y prestadores de servicios, o el incumplimiento de los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, se emitirá una medida correctiva de suspensión o cancelación del registro, según la gravedad de la omisión, inconsistencia o fraude detectada en la fiscalización posterior.

Se dispone, asimismo, que el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) coordina con el Ministerio de Salud para la creación de un aplicativo informático para el registro de denuncias, a través del cual los trabajadores podrán comunicar la existencia de información falsa o no auténtica vinculada a la seguridad y salud en el trabajo en el Plan o que la misma no esté conforme con los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”. Por este canal virtual los trabajadores también podrán comunicar cualquier otra información que consideren que, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria, exponga su vida o salud, a causa del trabajo.
 

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