NORMAS CONTABLES A APLICAR – SUBVENCIONES DE GOBIERNO

TGS Webmaster - jueves agosto 20, 2020

El Gobierno Peruano ha dado algunos beneficios para mitigar el impacto económico del COVID-19, inyectar liquidez en las empresas y garantizar la continuidad en la cadena de pagos. 

Programa Reactiva Perú
El Estado Peruano busca apoyar a las empresas para que puedan obtener liquidez y cumplir con sus necesidades de capital de trabajo, otorgando garantías a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas a fin de que accedan a créditos otorgados por el sistema bancario a bajas tasas de interés. 

Al ser tasas menores a las del mercado se debe determinar una tasa de mercado que incorpore el valor del dinero en el tiempo, de acuerdo a los lineamientos de la NIIF 13 – Medición del Valor Razonable, y obtener el valor razonable del pasivo financiero en el momento inicial. El pasivo se medirá al costo amortizado bajo los lineamientos de la NIIF 9 – Instrumentos Financieros.

El beneficio de un préstamo del gobierno a una tasa de interés inferior a la del mercado se trata como una subvención del gobierno. Al reconocer un menor pasivo, el diferencial sobre el financiamiento recibido se debe tratar bajo los lineamientos dados en la NIC 20 como un ingreso diferido, reconocer en resultados a lo largo del plazo de contrato y presentar de forma separada en el rubro de otros ingresos o compensando el gasto financiero relacionado.

Subsidio del 35% 
El Gobierno otorgó a las empresas un subsidio del 35 % por cada trabajador que genere rentas de quinta categoría y cuya remuneración sea hasta S/ 1,500.

Bajo la Norma Internacional de Contabilidad 20 -Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales esta subvención se medirá como un ingreso por subsidio, se reconocerá en el resultado del periodo en el momento en que se haga exigible y presentarse de forma separada en el rubro de otros ingresos o compensando el costo/gasto de personal relacionado.

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