Resolución N° 081-2020-SMV/02
Mediante Resolución de Superintendente N° 081-2020-SMV/02, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de agosto de 2020, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) modificó el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores (MAV) y la Norma sobre contribuciones por los servicios de supervisión que presta la SMV.
El objetivo de esta resolución consiste en extender la tasa preferencial transitoria de 0% de las contribuciones a la SMV que pagan las empresas que participan en el MAV, generadas en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020. En adición, la SMV ha considerado oportuno mantener temporalmente en cero (0) UIT los pagos a cuenta mensuales que realizan las empresas administradoras de fondos colectivos (EAFC) a la SMV por los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, a fin de aliviar las obligaciones de pago de las EAFC sin afectar con ello el resultado final de la contribución que deberán pagar dado su carácter anual.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 27 de agosto de 2020
Fuente: Procapitales / 26 de agosto de 2020.