Resolución No.140-2020-SUNARP/SN
Mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No.140-2020-SUNARP/SN, publicada el 30 de setiembre de 2020 en el Diario Oficial «El Peruano», se dispone que a partir del 01 de octubre de 2020, los siguientes actos puedan tramitarse a través del Sistema de Intermediación Digital (SID) de la SUNARP:
a. Registro personal
- Acabamiento, cese, extinción, remoción, renuncia de la curatela.
- Remoción, renuncia, cese del cargo de tutor
- Remoción, renuncia, cese de apoyo
- Reconciliación
- Aclaración
- Modificación
- Rectificación
- Anotación por presunta por suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado
- Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales
b. Registro de Comerciantes
- Comerciantes
- Liquidación o fenecimiento del negocio
- Poder de comerciante
- Rectificación
- Revocatoria, extinción de poder de comerciante
- Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales
c. Registro de Testamentos
- Renuncia al cargo de albacea
- Caducidad de testamento
- Revocatoria de la desheredación
- Aclaración.
- Rectificación
- Anotación por presunta suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado
- Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales
d. Registro de sucesiones intestadas
- Anotación por presunta suplantación de identidad o falsificación prevista en el Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado
- Otros actos que puedan ser tramitados mediante instrumentos notariales