LAP comunica los criterios que deberán aplicarse en la elaboración de los informes auditados de las ventas anuales y reportes adicionales, que deberán ser presentados por los operadores según el siguiente detalle:
- OPERADORES que hayan operado durante todo el año 2020: El informe correspondiente a las ventas de dicho periodo, será presentado a LAP hasta el 31 de julio de 2021.
- Operadores que por efecto de la Pandemia no han operado todo el año 2020: El informe de las ventas del año 2020 será presentando juntamente con el informe de las ventas del año 2021, hasta el 30 de junio del 2022.
- OPERADORES que inicien actividades entre los meses de enero a setiembre del 2020: El informe correspondiente a las ventas desde la fecha de inicio hasta diciembre de 2020, será presentado a LAP hasta el 31 de julio de 2021.
- OPERADORES que inicien actividades entre los meses de octubre a diciembre del 2020: El informe correspondiente a las ventas del 2020 juntamente con las del 2021, será presentado a LAP hasta el 30 de junio de 2022.
- OPERADORES que inicien actividades durante todo el año 2021: El informe correspondiente a las ventas del 2021 será presentado a LAP hasta el 30 de junio de 2022.
- OPERADORES que concluyan su contrato entre los meses de enero a junio de 2021: El informe correspondiente a las ventas del año 2020 juntamente con las del 2021, será presentado a LAP hasta 30 días calendarios posteriores a la fecha de término de su contrato.
- OPERADORES que concluyan su contrato entre los meses de julio a diciembre de 2021: El informe correspondiente a las ventas del 2021 será presentado a LAP hasta 30 días calendarios posteriores a la fecha de término de su contrato. En el caso de las operaciones del 2020, el informe será presentado a LAP hasta el 31 de julio de 2021.