Ley No. 31246
Mediante Ley No. 31246, publicada el 25 de junio de 2021, el Congreso de la República dispuso modificar la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783) a efectos de garantizar la seguridad y la salud en el trabajo ante el riesgo epidemiológico y sanitario. La presente norma es de aplicación a favor de todos los trabajadores, independientemente de su régimen laboral, sector al que pertenezcan y modo de ejecución de labores< (presencial o remoto).
Las modificaciones a que se refiere este dispositivo se encuentran contextualizadas a una emergencia sanitaria, como la que actualmente vivimos. En ese sentido, se incluye dentro de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo la obligación que tiene el empleador de realizar las pruebas y vigilancia epidemiológica que disponga la Autoridad Nacional de Salud. Estas pruebas son distintas a los exámenes médicos que rutinariamente debe realizar el empleador. Adicionalmente, se hace la precisión sobre el uso de equipos de protección personal (EPP) que debe entregar el empleador. En circunstancias normales, estos EPP son proporcionados en función al riesgo específico de las funciones del trabajador. No obstante, en el contexto de una emergencia sanitaria, estos también deben ser entregados al trabajador si su uso previene efectos perjudiciales para la salud, incluso si el trabajador se encuentra bajo trabajo remoto. En ningún caso las medidas aquí previstas deben suponer un costo salarial para el trabajador.
Finalmente, el Poder Ejecutivo (entiéndase a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo), debe adecuar el Decreto Supremo No. 005-2012-TR, reglamento de la Ley 29783, en un plazo de treinta (30) días calendario.