Mediante Resolución de Superintendencia 000058-2022/SUNAT, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 05 de abril de 2022, se dispone la modificación del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia 077-2020/SUNAT, que aprueba la creación de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT.
Originalmente, se computaba la presentación de todo registro desde las 00:00 horas hasta las 16:30 horas siempre que sea en día hábil. Cualquier presentación fuera de tal horario, se consideraba para todo efecto como presentado al día hábil inmediato siguiente. Ahora bien, con la modificación de la norma bajo comentario, se considerará que todo registro que se realice desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas de un día hábil se considerará presentado ese mismo día. Cualquier presentación en día inhábil se le seguirá considerando como del próximo día hábil.