REGLAMENTAN DEDUCCIÓN DE SERVICIOS DE TURISMO A FAVOR DE TRABAJADORES
Mediante Resolución de Superintendencia 000035-2022/SUNAT, publicada en el diario oficial «El Peruano», se establecieron disposiciones sobre comprobantes de pago para la deducción de servicios de turismo y de la actividad artesanal para los trabajadores dependientes e independientes (artículo 4º del Decreto Supremo 432-2020-EF). Sobre ello, para realizar la deducción del gasto se permiten los siguientes documentos: