COVID-19: IMPLICANCIAS DE LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA EN EL ÁMBITO LABORAL
¿Qué sucede si por la naturaleza de las labores no es posible realizar la compensación posterior del trabajo? Entre las diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19 el gobierno ha dispuesto la facultad para los empleadores de modificar el lugar de la prestación de servicios de sus trabajadores, de tal forma