Conéctate

PUBLICAN PROYECTO NORMATIVO PARA OPTIMIZAR NORMAS DEL MERCADO DE CAPITALES

Resolución de Superintendente N° 0100-2020-SMV/02 Mediante Resolución de Superintendente N° 0100-2020-SMV/02, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de octubre de 2020, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) autorizó la difusión de proyecto de resolución que modificaría: (i) el Reglamento del Mercado de Inversionistas Institucionales, aprobado por Resolución SMV Nº 021-2013-SMV/01, (ii)

RETIRO EXTRAORDINARIO DE FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES DE LA AFP

Ley No. 31068 Mediante Ley No. 31068, publicada el 18 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, el Congreso de la República a dispuesto que, de manera extraordinaria, los afiliados a la AFP que no hayan tenido aportes previsionales por lo menos doce meses consecutivos hasta 31 de octubre de 2020 puedan

EXPEDIRÁN CERTIFICADOS LITERALES CON FIRMA ELECTRÓNICA

Resolución No. 058-2020-SUNARP/S Mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No. 058-2020-SUNARP/SN, publicada el 01 de junio de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se dispone que los certificados literales (denominados también en la práctica como copias literales, copias certificadas o partidas registrales) de los distintos registros y de todas las zonas

SUNARP REANUDARÁ LA ATENCIÓN PRESENCIAL DE FORMA PARCIAL

Resolución Jefatural No. 186-2020-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF Mediante la Resolución Jefatural No. 186-2020-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF, de fecha 15 de junio de 2020, los Registros Públicos ha dispuesto la atención parcial en la Sede Rebagliati.    En tal sentido, se autoriza a partir del 17 de junio de 2020 la recepción en esta Sede de títulos provenientes

NUEVA DETERMINACIÓN DE LA PERCEPCIÓN DEL IGV SOBRE MERCANCÍAS SENSIBLES AL FRAUDE

Decreto Supremo Nº. 151-2020-EF Mediante Decreto Supremo Nº. 151-2020-EF, publicado el 17 de junio del 2020 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobaron nuevas disposiciones vinculadas al método para determinar la percepción de bienes considerados mercancías sensibles al fraude. Para estos efectos, se considera que una mercancía es sensible al fraude si se encuentra