Decreto Supremo N° 102-2020-PCM
Mediante Decreto Supremo N° 102-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2020, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1511 que crea el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC) para asegurar la continuidad de la cadena de pagos ante el impacto del Covid-19.
El mencionado decreto regula que el PARC es un procedimiento administrativo de evaluación previa, sujeto a silencio administrativo negativo, respecto de las siguientes actuaciones: (i) pronunciamiento de la Comisión de Procedimientos Concursales y las Comisiones de las Oficinas Regionales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a las que se haya delegado competencia en materia concursal sobre la solicitud de acogimiento al PARC, (ii) pronunciamiento sobre solicitudes de reconocimiento de créditos, (iii) pronunciamiento sobre las apelaciones interpuestas contra los actos enunciados en los puntos (i) y (ii), y (iv) pronunciamiento que trate sobre el procedimiento del acuerdo de aprobación o desaprobación del Plan de Refinanciación Empresarial (PRE).
En adición, se establece que el PARC será tramitado exclusivamente como procedimiento administrativo electrónico. Luego, detalla que para que una entidad calificada pueda acogerse al PARC debe cumplir lo siguiente: (i) estar clasificada en el sistema financiero en la categoría normal o con problemas potenciales, (ii) no encontrarse sometida a un procedimiento concursal ordinario, y (iii) no encontrarse en un supuesto de disolución bajo la Ley General de Sociedades o que tenga pérdidas mayores al tercio del capital social pagado según la Ley General del Sistema Concursal.
Adicionalmente, se regula el contenido de la solicitud de inicio del PARC, los plazos para declarar su admisibilidad a través del Boletín Concursal del Indecopi, el procedimiento para el reconocimiento de los créditos, la conformación de la Junta de Acreedores del PARC, aspectos sobre el PRE, y la sanción en caso de presentación de información falsa.
El presente decreto, de manera conjunta al Decreto Legislativo N° 1511, entran en vigor a partir de hoy, 8 de junio de 2020, salvo las excepciones precisadas en las mencionadas normas.
Fuente: Procapitales / 08 de junio de 2020