No es común reconocer el desempeño de la autoridad fiscalizadora de un país. Sobre todo en países donde los contribuyentes consideran que no reciben buenos servicios a cambio del pago de sus impuestos. México es un ejemplo de esta situación, donde a diario se escuchan quejas de malos servicios de salud, educación y seguridad, entre otros.
No obstante lo anterior, se debe reconocer el fuerte avance de la autoridad mexicana para fiscalizar a los contribuyentes. Desde el sexenio 2012-2018, se hicieron fuertes inversiones en infraestructura y en sistemas para poder supervisar el correcto cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes; hoy en día, esas medidas rinden frutos para el gobierno mexicano y son un ejemplo para otros países considerados frecuentemente como más desarrollados.
Hoy en día, el gobierno mexicano puede supervisar a los contribuyentes desde el punto de vista de sus ingresos, sus costos y gastos y su flujo de efectivo; tiene alternativas coercitivas para exigir el cumplimiento. Y aunque en ocasiones estas medidas se perciben excesivas e incluso abusivas, no se puede negar su efectividad para fomentar el cumplimento.
Facturación Electrónica
Sin duda la herramienta más poderosa por parte de la autoridad fue la imposición de la facturación electrónica como un control de las erogaciones. En casi cualquier consumo, compra, gasto o servicio que se realice en México, la persona que obtiene el ingreso debe emitir una factura electrónica, conocida como un Comprobante Fiscal Digital por Internet (en adelante CFDI), la cual se ve representada como un archivo PDF y como un archivo XML. Este documento pasa forzosamente por servidores controlados por la autoridad, donde se le asigna una cadena alfanumérica única que le da validez. La persona que realiza la erogación solo puede efectuar su deducción para efectos fiscales si cuenta con ese documento que el emisor envía por correo electrónico al consumidor. En otros casos, el proveedor del bien o servicio también permite que el consumidor genere su CFDI en alguna página de internet. Si la persona que obtiene el ingreso no emite el CFDI o no permite que el consumidor la genere, procede una multa. De esa manera, las deducciones de uno forzosamente deben coincidir con el ingreso de otro, y la autoridad tiene esta información en sus servidores y en tiempo real.
La aplicación de esta herramienta tecnológica ha tenido los siguientes efectos en México:
1. Fiscalización en tiempo real
La autoridad hoy puede cruzar los ingresos facturados por los contribuyentes a través de los CFDI contra sus declaraciones de impuestos, tanto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) como de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Las nóminas pagadas a empleados también se deben documentar con CFDI, lo cual permite a la autoridad verificar que se hagan correctamente las retenciones de impuestos y pagos de contribuciones de seguridad social. Así también puede supervisar a los asalariados, que frecuentemente no presentan posteriores declaraciones de impuestos, y que representan el mayor segmento de contribuyentes en México.
Regularmente, la autoridad mexicana realiza una fiscalización electrónica, sin incluso notificar al contribuyente. Si considera que hay alguna discrepancia o imprecisión en su información, envía invitaciones electrónicas a los contribuyentes para que aclaren dichas discrepancias, sin tener que ordenar auditorías presenciales y costosas. Esto ha vuelto la fiscalización mucho más económica y eficiente. En caso de que el contribuyente no atienda estas invitaciones, es de esperarse entonces el inicio de una auditoría directa por parte de la autoridad.
2. Control de la operación de los contribuyentes
En ciertos casos en que la autoridad no está satisfecha con alguna explicación, o bien no recibe respuesta por parte del contribuyente o ante el caso de presuntos adeudos de impuestos, la autoridad puede suspender la capacidad del contribuyente para continuar emitiendo CFDI, mediante la suspensión de la herramienta que los emite. Una empresa que no puede emitir CFDI deja de obtener ingresos porque el consumidor no podrá efectuar la deducción y decidirá comprar a otro proveedor que sí le emita un CFDI. En nuestra opinión, esta es una medida que en muchos casos puede resultar negativa, perversa y contraproducente porque es autoritaria y limita la capacidad del contribuyente para hacerse de recursos con los cuales podría hacer frente a sus adeudos fiscales, en caso de que efectivamente procedieran. La posibilidad de un abuso de esta facultad por parte de la autoridad resulta evidente.
3. Camino difícil para los particulares
Aunque estas medidas se volvieron generalizadas y obligatorias desde los años 2010 y 2011, el camino ha sido y sigue siendo difícil para la operación de los negocios y para el control de las personas físicas. Las empresas deben pagar un servicio para realizar la facturación electrónica, incluso, haciendo pagos por cada factura emitida. Se ha tenido que invertir en sistemas y equipo de cómputo.
El proceso de la generación, emisión y envío de los CFDI está expuesto a múltiples problemas en el camino, ya sea por fallas en las comunicaciones, en los datos capturados al generar el CFDI o simplemente por una dirección de correo electrónico equivocada, entre otros. Es frecuente encontrarse que en áreas rurales de México, la emisión de los CFDI no es una práctica común. Muchos viajeros han concluido sus jornadas sin recibir su CFDI para deducir sus gastos y es imposible regresar con ese proveedor para aclarar qué sucedió. (En contraste con estas molestias, el resguardo de esos archivos ya no implica ni el consumo de papel ni el uso de espacio, ya que todo es electrónico, y ya se puede encontrar almacenado en los servidores de la autoridad).
4. Fiscalización 360º
La autoridad no solo controla a los contribuyentes por sus ingresos y gastos facturados; también tiene la capacidad de contrastar esta información por sus flujos de efectivo, ya que puede tener acceso a los movimientos bancarios y a las transacciones con tarjetas de crédito. Esto sin duda ha contribuido a una mejor detección y prevención de las operaciones de lavado de dinero, incluso con participación de entidades extranjeras.
Conclusión
Se reconoce el avance que la autoridad mexicana ha tenido en sus esfuerzos por fiscalizar. No obstante, este reconocimiento sería generalizado y fortalecido si se viera reflejado en un aumento de la base de contribuyentes y en mayores facilidades para los contribuyentes, pero ninguno de estos efectos se ha logrado. Siguen siendo muy pocos los que pagan impuestos y es complicada la forma de obtener los CFDI por las erogaciones realizadas. No obstante lo anterior, aquellos países donde no se hayan implementado estas medidas, harían bien en estudiar el caso de México y en anticiparse a su aplicación porque la tendencia hacia el uso de estas herramientas, es global.
Autor: Horacio ROCHA, partner en TGS MÉXICO Rocha – LinkedIn
Puedes encontrara este y otros artículos en inglés en la revista de TGS ´EXPERIENCE´.