Resolución de Superintendencia 224-2020/Sunat
Mediante la Resolución de Superintendencia 224-2020/Sunat, publicada en el diario El Peruano, se establecieron las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes al año 2021. En base a dicho calendario se rigen las obligaciones formales de Precios de Trasferencia.
En el Perú, actualmente existen tres declaraciones juradas en materia de Precios de Transferencia: i) Reporte Local, ii) Reporte Maestro y ii) Reporte País por País; las cuales se presentan anualmente mediante declaraciones juradas informativas.
De esta manera, durante el año 2021 los vencimientos quedaron establecidos de la siguiente manera:
1. DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE LOCAL DEL EJERCICIO 2020
(Contribuyentes con ingresos mayores a S/ 9´890,000.00 y transacciones sujetas al ámbito de precios de transferencia por un monto mayor o igual a S/ 430,000.00)
2. DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE MAESTRO DEL EJERCICIO 2020
(Contribuyentes con ingresos mayores a S/ 86’000,000.00 y transacciones sujetas al ámbito de precios de transferencia por un monto mayor o igual a S/ 1’720,000.00)
3. DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE PAÍS POR PAÍS DEL EJERCICIO 2020
(Contribuyentes integrantes de grupos multinacionales cuyos ingresos consolidados sean mayores o iguales a S/ 2’700’000,000.00 o su equivalente a € 750’000,000.00)
A consecuencia de la pandemia por el Covid-19 diversas compañías han registrado pérdidas operativas o utilidades significativamente menores a las registradas históricamente en su industria o sector económico, siendo el Perú uno de los países más afectados en la región. Durante los próximos años esto puede ser observado por la Administración Tributaria en sus procesos de fiscalización, ya que los Precios de Transferencia son considerados un mecanismo frecuente utilizado por los contribuyentes para reducir su base imponible.
Como consultores expertos en la materia, nuestra recomendación es evaluar y documentar con la debida anticipación las transacciones con partes vinculadas y/o paraísos fiscales registradas durante la pandemia, y así evitar contingencias por futuras discrepancias con la Administración Tributaria. Así mismo, cumplir con la presentación de las declaraciones juradas dentro del plazo de vencimiento, y de esta forma evitar multas las cuales ascienden al 0.6% de los ingresos netos con un máximo de 25 UIT.
Para mayor información comuníquese con nosotros al +51 6156864 o al mail info@tgs-sarrio.pe.