Decreto de Urgencia No. 033-2020
Según se aprecia en el Decreto de Urgencia No. 033-2020, para que un empleador pueda acceder al subsidio del 35% de la remuneración de los trabajadores que ganan hasta S/ 1,500.00 debe de haber cumplido con la declaración del concepto de Seguro Social de Salud – ESSALUD en el PLAME de enero de 2020.
En ese sentido, las microempresas que aportan al Seguro Integral de Salud – SIS (y que no aportan al Essalud) quedarían excluidas del beneficio aun cuando cumplan todas las condiciones que ha establecido el Gobierno para acceder a él (tienen personal que gana S/ 1,500 al mes, no tienen deudas tributarias exigibles coactivamente y no están comprendida en actos de corrupción).
Entendemos que esto debe de ser corregido o aclarado en el corto plazo por el Gobierno pues justamente son las microempresas las que tienen más urgencia del subsidio.