Resolución de Superintendencia Nº 074-2020/SUNAT
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 074-2020/SUNAT, publicada el 30 de abril de 2020, se dispuso que las declaraciones que deban de presentar los contribuyentes, independientemente de su naturaleza, deberá ser presentada mediante PDT a través de SUNAT Virtual (servicio “Mis declaraciones y pagos”). El pago del concepto determinado se realizará a través de dicho medio o; en efectivo o mediante cheque en la red bancaria que autorice SUNAT a través del sistema “Pago Fácil”.