Resolución de Superintendencia No. 062-2020/SUNAT – Resolución de Superintendencia que establece procedimientos especiales para la inscripción en el RUC y la obtención de la Clave Sol para las personas que se contraten para enfrentar el brote del COVID – 19
El objetivo de esta norma es otorgar facilidades para que las entidades que se encuentran en búsqueda y contratación de profesionales para enfrentar el COVID19 (especialmente el sector Salud), puedan cubrir las plazas requeridas a través de profesionales independientes que a la fecha no tienen RUC.
En este sentido, se ha establecido un procedimiento extraordinario para que profesionales independientes que presten servicios a entidades públicas que se encuentran operativas en el marco de la atención del COVID19 y que no cuenten con RUC a efectos de prestar servicios ante los requerimientos de dichas entidades, puedan inscribirse y emitir recibos por honorarios.
El procedimiento es el siguiente:
1. El profesional independiente que no cuente con RUC proporciona la información detallada en el anexo de esta resolución;
2. La entidad pública envía la información a la SUNAT en un archivo plano;
3. La SUNAT valida la información declarada con aquella de RENIEC y asigna un RUC;
4. La SUNAT comunica dicho RUC a la entidad pública, para que a su vez esta se lo transmita al profesional independiente
El canal de coordinación entre entidades con la SUNAT es: inscripcionespecial@sunat.gob.pe
Para ser usuario en Clave SOL, el profesional con nuevo RUC asignado deberá ingresar la información que el sistema requiera y generará su propia clave.
La Resolución entrará en vigencia el 26 de marzo de 2020.