Resolución No. 008-2020-SUNAT/70000
Si bien la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 008-2020-SUNAT/70000 dispuso que la SUNAT aplicará su facultad discrecional de no sancionar las infracciones que se comentan durante el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo No. 044-2020-PCM (del 16 al 30 de marzo), la referida Entidad a través de sus redes sociales ha comunicado que no sancionará las infracciones cometidas o detectadas mientras siga vigente dicha situación excepcional, es decir, hasta el 26 de abril 2020.