Mediante la Ley N° 31822, publicada el 8 de julio del 2023 en el diario oficial El Peruano, se ha declarado el 23 de julio de cada año como feriado nacional en conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales
En virtud a lo antes indicado se ha modificado el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713, Decreto Legislativo que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, el cual, ahora señala lo siguiente:
“Artículo 6.- Son días feriados los siguientes:
– Año Nuevo (1 de enero)
– Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
– Día del Trabajo (1 de mayo)
– Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio)
– San Pedro y San Pablo (29 de junio)
– Conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales (23 de julio)
– Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
– Batalla de Junín (6 de agosto)
– Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
– Combate de Angamos (8 de octubre)
– Todos los Santos (1 de noviembre)
– Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
– Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
– Navidad del Señor (25 de diciembre)”.