Ley No. 31053
Mediante la Ley No. 31053 “Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro”, publicada el día 15 de octubre de 2020 en el Diario Oficial «El Peruano», se ha dispuesto la exoneración del IGV a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines a partir del 16 de octubre del 2020 y por un plazo de tres años.
Asimismo, la citada Ley ha dispuesto también que los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean de hasta 150 UIT tendrán derecho al reintegro tributario equivalente al IGV consignado separadamente en los comprobantes de pago correspondientes a sus adquisiciones e importaciones de bienes de capital, materia prima, insumos, servicios de preprensa electrónica y servicios gráficos destinados a la realización del proyecto editorial.
El reintegro tributario regirá por un período de tres años contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo establecido en el D.U. No. 003-2019 (es decir, a partir del 16 de octubre del 2020).
La Ley No. 31053 deroga la Ley No. 28086, con excepción de los arts. 19 y 20 que regulan lo referente a la exoneración y el reintegro tributario del IGV vigentes hasta el 15 de octubre del 2020.