El International Accounting Standard Board (IASB por sus siglas en inglés) ha emitido un paquete de enmiendas a las normas IFRS en respuesta a la reforma en curso de las tasas de oferta interbancarias (IBOR) y otras tasas de interés, las cuales están destinadas a ayudar a las empresas a proporcionar a los inversores información útil sobre los efectos de la reforma en los estados financieros que emiten.
Asimismo, estas enmiendas complementan las emitidas en 2019 y mencionan cuando una empresa reemplaza la tasa de interés anterior de referencia por una tasa de referencia alternativa y los efectos del cambio en los estados financieros.
Las enmiendas están referidas a:
- Cambios en los flujos de efectivo contractuales: así se den cambios por la reforma adoptada, las empresas no tendrán que dar de baja en cuentas o ajustar el valor en libros de los instrumentos financieros, sino que actualizará la tasa de interés efectiva para reflejar el cambio a la tasa de referencia alternativa;
- Contabilidad de coberturas: así la empresa realice los cambios requeridos por adoptar la reforma, no tendrá que descontinuar su contabilidad de coberturas, si es que la cobertura cumple con otros criterios de contabilidad de coberturas; y
- Divulgaciones: la empresa deberá divulgar información sobre los nuevos riesgos que surjan de la reforma y cómo gestiona la transición a tasas de referencia alternativas.
Estas modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2021, y se permite la adopción anticipada.
Se puede acceder a la versión Reforma de referencia de tasas de interés — Fase 2 , que modifica la NIIF 9 – Instrumentos financieros ; NIC 39- Instrumentos financieros: reconocimiento y medición ; NIIF 7 – Instrumentos financieros: información a revelar ; NIIF 4 – Contratos de seguro y NIIF 16 -Arrendamientos.
Finalmente, el IASB también ha publicado propuestas para actualizar la Taxonomía NIIF para reflejar los requerimientos de información a revelar incluidos en las modificaciones. La fecha límite para enviar comentarios es el 28 de septiembre de 2020.
Fuente: The IFRS® Foundation – https://www.ifrs.org/news-and-events/2020/08/iasb-completes-response-to-ibor-reform/