MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PUESTA A DISPOSICIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO AL ADQUIRIENTE DE UN BIEN O SERVICIO Y A LA SUNAT DURANTE LA PANDEMIA

TGS Webmaster - jueves mayo 27, 2021

Decreto de Urgencia No. 050-2021


Mediante Decreto de Urgencia No. 050-2021, publicado el 27 de mayo de 2021, se dispuso que el plazo máximo de atraso para poner a disposición de la factura electrónica o recibo por honorarios es de cuatro (04) días calendario desde su emisión a favor del adquiriente del bien o servicio y de la SUNAT. Entiéndase que esta disposición se realiza en el marco del numeral 6.3 del artículo 6 del Decreto de Urgencia No. 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y startups. La presente medida es de forma excepcional y se encontrará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.

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