Ley No. 31334
Mediante la Ley No. 31334 publicada el 07 de agosto del 2021 en el Diario Oficial El Peruano se ha establecido el derecho de los trabajadores del sector público y privado a gozar de licencia con goce de haber, hasta por cuatro horas, el día en que tengan programada su vacunación contra el Covid-19.
La comunicación al empleador para el otorgamiento de la licencia debe ser realizada por los trabajadores con cuarenta y ocho horas de anticipación por lo menos.
En caso exista una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no haya operado el día de la licencia, los trabajadores podrán volver a solicitarla con la anticipación antes indicada.
Finalmente, cabe precisar que, si bien se ha establecido que esta Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación, el Poder Ejecutivo la reglamentará en un plazo no mayor de 30 días hábiles.