Mediante Ley 31556, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 12 de agosto de 2022, se dispuso de una norma que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. Ello incluye los servicios conexos a la hospitalidad como el catering y concesionarios de alimentos.
La finalidad de la ley es la de establecer una reducción temporal del IGV a favor del sector antes mencionado. La tasa aplicable será del 8% y será denominada como “8% del IGV para Rescatar el Empleo”. Esta reducción tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 y su contexto es el del gran impacto negativo que tuvo la pandemia de la Covid-19 en el sector de servicios turísticos y alojamiento debido a la constante inmovilización social.
Para acceder al beneficio antes mencionado se requiere que la persona natural o empresa obtengan, por lo menos, el 70% de sus ingresos de los rubros anteriores. Además, debe comprenderse que los beneficiarios son micro o pequeñas empresas conforme lo señala el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE; por lo que no forman parte aquellas que se encuentran vinculadas a un grupo económico de empresas, sean nacionales o extranjeras.
Finalmente, se ha autorizado al Poder Ejecutivo a que reglamente la norma bajo comentario en el plazo máximo de 60 días.