Resolución de Superintendencia No. 00031-2021/SUNAT
Mediante Resolución de Superintendencia No. 00031-2021/SUNAT, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de febrero de 2021, se dispuso modificar lo dispuesto a la presentación de escritos de reclamación, otros escritos y solicitudes vinculadas a expedientes electrónicos de reclamación que se presentan a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT (MPV-SUNAT).
En ese sentido, se incorpora una quinta disposición complementaria final a la Resolución de Superintendencia No. 084-2016/SUNAT, el cual aprueba el Sistema Integrado del Expediente Virtual para el llevado de los expedientes electrónicos del procedimiento de cobranza coactiva, de modo que tal resolución incorpore el Uso de la MPV, debido a que la entidad detecta que en la práctica resulta más conveniente realizar la presentación de escritos en la MPV en lugar de por el Sistema SOL.
Con la presente norma se deroga la Resolución de Superintendencia No. 190-2020/SUNAT (uso del Sistema Integrado del Expediente Virtual – SIEV).