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NIIF

IASB MODIFICA LAS NORMAS NIIF PARA MEJORAR LA INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE POLÍTICAS CONTABLES Y ACLARAR LA DISTINCIÓN ENTRE POLÍTICAS CONTABLES Y ESTIMACIONES CONTABLES

El IASB emitió el 12 de febrero de 2021 modificaciones a la NIC 1 y 8 y a la declaración de prácticas NIIF 2 «Emitir juicios de importancia relativa»,  las cuales son: NIC 1 requieren que las empresas revelen su información material de política contable en lugar de sus políticas contables significativas, Declaración de prácticas

APRUEBAN CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS NIIF

El Consejo Normativo de Contabilidad en el Perú ha aprobado las condiciones técnicas para la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera y Normas Internacionales de Información Financiera para las Pymes a través de la Resolución N° 003-2022-eF/30.     Quiénes tienen que aplicar  El artículo 1 señala lo siguiente: Las empresas que obtengan

APRUEBAN MODIFICACIONES A LA NIIF 16, LA NIC 8, LA NIC 1, LA NIC 12

Resolución N° 001-2021-EF/30 – Aprueban modificaciones a la NIIF 16 Arrendamientos, la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores, la NIC 1 Presentación de Estados Financieros, la NIC 12 Impuesto a las ganancias; y el Set Completo de las Normas Internacionales de Información Financiera versión 2021, que incluye el Marco Conceptual para la Información

SE OFICIALIZÓ LA APLICACIÓN DE LA NIIF PARA PEQUEÑAS Y MEDIANAS ENTIDADES

Consejo Normativo de Contabilidad- Resolución No. 002-2021-EF/30 Modifican el artículo 2 de la resolución Nª2 de la resolución nª 003-2020-ef/30 a fin de incorporar los umbrales para efectos de la aplicación de la Norma Internacional de Información Financiera para las pymes. Antecedentes: Mediante la Resolución N° 003-2020-EF/30, se oficializó la aplicación de la Norma Internacional

NIIF PARA PYMES

En diciembre de 2021, el CNC ha emitido la Resolución N° 002-2021-EF/30 con el fin de actualizar los umbrales para efectos de la aplicación de las NIIF para las PYMES, de aplicación a partir del 1 de enero de 2022, señala como entidades que se encuentran excluidas del ámbito de aplicación:  – Las empresas bajo la