Conéctate

ESTABLECEN CRONOGRAMAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MENSUALES

Mediante Resolución de Superintendencia No.000281-2022/SUNAT publicado en el diario oficial “El Peruano” en fecha 24 de diciembre de 2022,se publicó el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y fecha máxima de atraso de los libros contables de los contribuyentes. CRONOGRAMA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE VENCIMIENTO MENSUAL, CUYA RECAUDACIÓN

APRUEBAN FORMULARIO PARA DECLARACIÓN DE RENTA 2022 Y SU CRONOGRAMA

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 000288-2022/SUNAT, pblicada el 26 de diciembre de 2022 en el diario oficial “El Peruano”, se modificó la Resolución de Superintendencia 271-2019 (sobre formularios para la declaración anual de Impuesto a la Renta e ITF), además de aprobar el cronograma de declaración del Ejercicio Gravable 2022. En ese sentido, se incorpora

ESTABLECEN REGÍMENES ESPECIALES DE DEPRECIACIÓN

Mediante Ley 31651, publicada el 29 de diciembre de 2022 en el diario oficial “El Peruano”, el Congreso de la República estableció, de forma excepcional y temporal, regímenes especiales de depreciación a favor de los contribuyentes de los regímenes general y MYPE tributario de renta. El objetivo de la presente norma consiste en otorgar liquidez

ESTABLECEN DÍAS NO LABORABLES DURANTE EL AÑO 2023 Y ENERO DEL 2024

Mediante Decreto Supremo No. 151-2022-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre del 2022, se han declarado los siguientes días como no laborables para los trabajadores del sector público: •    Lunes 2 de enero de 2023. •    Viernes 28 de abril de 2023. •    Viernes 30 de junio de 2023. •  

ESTABLECEN ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV

Mediante Ley 31659, publicada el 30 de diciembre de 2022 en la edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano”, el Congreso de la República modificó la Ley 31659 (que promueve I+D), en los siguientes extremos: a)    Los contribuyentes cuyos ingresos netos no superen 2300 UIT y que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo