VENCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL (TRAMO II DEL 2022)
El inciso a) del artículo 2 de la R.S. N° 000041-2022/SUNAT estableció, entre otros, el plazo para la presentación de la declaración del beneficiario final de las personas jurídicas con ingresos netos de más de 500 UIT hasta 1000 UIT respecto del ejercicio 2021 (ingresos netos entre S/ 2’200,000.00 hasta S/ 4’400,000.00), conforme al cálculo