COVID-19: PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES
Decreto de Urgencia No. 038-2020 1. ¿La suspensión perfecta de labores es una medida excepcional? Efectivamente, la suspensión perfecta de labores es una medida de carácter excepcional y, como tal, para poder optar por ella, el empleador debe haber agotado cualquier otra medida que haya podido resultar necesaria a fin de mantener el vínculo laboral